“¿Osa alguno de vosotros, cuando tiene algo contra otro, ir a juicio delante de los injustos, y no delante de los santos? ¿O no sabéis que los santos han de juzgar al mundo? Y si el mundo ha de ser juzgado por vosotros, ¿sois indignos de juzgar cosas muy pequeñas?” (1 Corintios 6:1, 2).
Lectura: 1 Cor. 6:3-11.
Aquí en esta enseñanza apostólica vemos dos cosas: No debemos llevar al hermano a juicio, y la iglesia debe juzgar el caso.
Si un creyente ha cometido un delito contra otro creyente, el perjudicado no debe llevar a su hermano a juicio. Nos referimos a casos importantes, no a ofensas triviales, sino casos que se suelen tratar en los tribunales. Por ejemplo, si un hermano tiene un negocio y despide a otro hermano de manera ilegal. O, si ocurre algo grave en un matrimonio de dos creyentes. O, si un hermano ha robado a otro. En estos casos, primero los hermanos han de hablar. Si el culpable no quiere rectificar, el perjudicado tiene que llevar un testigo consigo y volver a hablar. Si todavía no se puede resolver el asunto, se ha de presentar delante de toda la iglesia: “Por tanto, si tu hermano peca contra ti, ve y repréndele estando tú y él solos; si te oyere, has ganado a tu hermano. Mas si no te oyere, toma aún contigo a uno o dos, para que en boca de dos o tres testigos conste toda palabra. Si no los oyere a ellos, dilo a la iglesia; y si no oyere a la iglesia, tenle por gentil y publicano”, ¡y Dios respetará la decisión tomada! (Mat. 18:15-18).
En el peor de los casos, si el culpable no rectifica, la Biblia dice: “¿Pues qué, no hay entre vosotros sabio, ni aun uno, que pueda juzgar entre sus hermanos, sino que el hermano con el hermano pleitea en juicio, y esto ante los incrédulos? ¿Por qué no sufrís más bien el agravio? ¿Por qué no sufrís más bien el ser defraudados?” (1 Cor. 6:5-7). Esto es muy fuerte. ¿Así que el inocente finalmente tiene que sufrir el agravio si el otro no entra en razón? ¿No hay justicia para él? Sí que la hay. Mateo 18:18 dice que, si el culpable no rectifica, hay que sacarlo de la iglesia y tratarlo como un incrédulo. El texto de Corintios dice que Dios no lo reconocerá como creyente en el juicio final: “¿No sabéis que los injustos no heredarán el reino de Dios? No erréis; ni los fornicarios, ni los idólatras, ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los que se echan con varones, ni los ladrones, ni los estafadores… heredarán el reino de Dios” (1Cor. 6:9). Si el culpable no se arrepiente, ha mostrado no ser convertido.
La iglesia ha de ser testimonio frente al mundo. Si no es diferente del mundo, pues, ¡que sus miembros vayan a los tribunales! Ha perdido su testimonio. La iglesia tiene que involucrarse en estos casos. No debe decir al agraviado que perdone al otro y ya está. La iglesia tiene que tomar cartas en el asunto. Tiene que actuar como tribunal, oír el caso, y tomar una decisión. No debe encubrirlo, sino afrontarlo. Todo no tiene que recaer necesariamente sobre el pastor. Si hay una persona sabia que puede juzgar entre los hermanos, que se encargue él y decida qué hacer. La iglesia es contemplada como una sociedad paralela a la del mundo, competente para tratar casos difíciles entre hermanos y administrar la disciplina correcta. Así llega a ser de testimonio en el mundo como entidad justa que mira por el bien de sus miembros.
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